Parte 6 de 17, ELEGIBILIDAD DE EXTRANJEROS O PRISIONEROS SUJETOS A PROCEDIMIENTOS DE DEPORTACIÓN (parole/Immigration)

Un prisionero que no es ciudadano de los Estados Unidos puede ser entregado a autoridades migratorias esperando su deportación si el panel de libertad condicional decide que en el momento de su liberación el preso sería deportado a otro país y que no es una amenaza a la seguridad pública en el otro país o en este y no es probable que vuelva a entrar a este país ilegalmente.

Aquí es donde la mayoría de los abogados y familias bien intencionadas cometen un error muy serio. Mandan un “paquete de libertad condicional” con toda la información sobre la familia del prisionero, su trabajo, raíces y futuro EN LOS ESTADOS UNIDOS. Al hacer esto, los abogados y las familias les están diciendo al Consejo de Perdones y Libertad Condicional que el prisionero, aunque lo deporten, regresará y no será supervisado.

Los abogados y las familias deben mandar documentación de apoyo del futuro del prisionero en su pais de origen.

Los Abogados
  • Francisco Hernandez
  • Daniel Hernandez
  • Phillip Hall
  • Rocio Martinez